Real Madrid y Athletic hicieron el partido contra La Liga gracias a los hechos con CVC | Economía

Real Madrid y Athletic hicieron el partido contra La Liga gracias a los hechos con CVC |  Economía

Real Madrid y Athletic Club se enfrentan en el partido contra La Liga gracias al conocimiento de CVC Capital Partners. El Juzgado de Primera Instancia número 15 de Madrid desestimó la petición interpuesta por otros clubes contra el organismo que preside Javier Tebas por parte de la empresa de una operación comercial con el fondo para poner en marcha el llamado Plan Liga Impulso, vendido en diciembre de 2021 según el Frase, esto forma parte de una “operación estratégica para mejorar la competitividad de los clubes y ligas profesionales y maximizar los ingresos derivados de la comercialización de los derechos audiovisuales de sus asociados”.

Real Madrid y Athletic, asociados al Fútbol Club Barcelona -que tras retirarse del proceso judicial, al igual que la Real Federación Española de Fútbol (RFEF)-, votaron en contra de los abogados, acudiendo a los tribunales poco después de que el armado de LaLiga fuera verde, al considerar que la transacción era “ilegal” y que causaba “un daño irreparable a todo el sector del fútbol español y una flagrante vulnerabilidad a los principios más básicos del derecho deportivo español y a los propios estatutos de la Liga”.

Por tanto, el fondo, que dirige en España Javier de Jaime, se comprometió a inyectar 1.929 millones de euros, de los que perdió 1.442. A cambio, CVC participa en un porcentaje anual, hasta el 8,6%, de los ingresos audiovisuales que genera la competencia. El plan será adoptado por 38 de los 42 equipos profesionales que, por tanto, forman parte de Primera y Segunda División.

El juez de Primera Instancia número 15 de Madrid denunció las tres causas de acusación interpuestas por los equipos de fútbol, ​​lo que significa que no violó los estatutos de La Liga en cuanto a la falta de información; que la asamblea general desvirtúa también el real decreto-ley que regula el régimen de titularidad de los derechos audiovisuales; ni viola la Ley del Deporte que autoriza una reestructuración de La Liga por sus estatutos.

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La resolución, del 19 de febrero, indica que la operación con CVC se ajusta a los marcos legales y estatutarios vigentes. En ese momento, el magistrado disipó la vulnerabilidad de los estatutos de La Liga, en el momento en que reconoce la autonomía del organismo deportivo para gestionar y administrar sus derechos comerciales y audiovisuales, siempre y cuando se realice en el marco legal vigente. , y por lo tanto, hemos confirmado que consideramos que son beneficiosos para el colectivo. La caída no es firme, puede recurrirse ante la Audiencia Provincial de Madrid, e imponer el pago de las costas procesales al Athletic Club y al Real Madrid.

Descarte la expropiación de los derechos

En este sentido, se revela la sentencia de los demandantes sobre la existencia de expropiación o dominio inembargable del título de derechos mercantiles. «La titularidad de los derechos audiovisuales no es impía (para los clubes), sino por el contrario, la facultad que tienen quienes adoptan los hechos que se consideran dentro de los límites legales», dice la sentencia. “Por este mismo motivo y respeto a la propiedad, los clubes que decidan no participar en la operación para obtener exactamente la misma renta neta distribuida que hubieran recibido si no existieran las rentas y los ingresos vinculados a la operación, se decide que la operación no se lleva a cabo. incidente relativo a los derechos audiovisuales de los demandantes. El costo de la operación, que declara la resolución, sólo será repercutido a quienes se adhieran”, agregó.

Teniendo en cuenta el nivel de conocimiento de la operación, la empresa declaró que el «demandante dispuso de la información necesaria para emitir su voto», y que LaLiga solicitó a los clubes a un asesor, en las oficinas del organismo, documentación adicional sobre el acuerdo, así como la posibilidad de organizar reuniones explicativas para explicar todo lo que pueda surgir. Assimismo, la decisión del acreditado de que la patronal ha facilitado a los equipos profesionales los datos de contacto de los directivos que gestionan los aspectos jurídicos, fiscales, plan de negociación, participativos y de negociación. De esta manera, el juego no debe ser validado por la alegación del club que preside Florentino Pérez y su alias en el sentido de que sólo él recibe presentaciones de carácter comercial o informático, información jurídica sobre determinados contratos y un prestatario del contrato. finanzas.

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Finalmente, sobre la posición del gobernador de CVC en La Liga para constituir una sociedad (LGI) en la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LNFC) y CVC es su equipo y la existencia de una comisión de seguimiento prevista en el contrato de cuentas de participación, el El juego estipulaba que el fondo “no ocupa ningún cargo en los órganos de gobierno y administración de La Liga ni es miembro de la asociación”. Se dice que “la Liga mantiene el ayuntamiento del capital social de LGI y el derecho a nombrar el ayuntamiento de los concejales”.

Asimismo, la sentencia dice que la comisión de seguimiento que se regula en el contrato de cuentas de participación también puede entenderse como una «introducción a una gobernanza legal o estatutaria prohibida», porque, precisamente, tiene por objeto estudiar las decisiones de La Liga y como resultado, y en cualquier caso, podría haber una revisión de las condiciones económicas acordadas. “No afecta a los derechos de los demandantes”, concluye.

En un comunicado, LaLiga celebró la caída y se mostró entusiasmado porque la justicia haya ratificado «una vez más la legitimidad del hecho de los clubes con CVC, que cuenta con el apoyo de 44 clubes firmes, y permitió a los dos clubes proyectar inversiones, no Mencionar las ayudas públicas, que por otro lado se sienten inasequibles y que aceleran en 20 años el crecimiento de los clubes en términos de inversión, infraestructura, internacionalización y profesionalización, entre otros”.

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Por Horacio Germán

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